El Departamento Administrativo de la Función Pública le aclaró a los servidores públicos sobre si una entidad del Estado puede trabajar desde casa en el exterior.
“En la presente Ley 2088 de 2021 no se evidencia que permita a los empleados públicos o trabajadores que desarrollen el trabajo en casa desde otra ciudad o en el exterior”, indica el concepto presentado por Función Pública.
Todo sucedió luego que el senador, Gustavo Bolívar abandonara el país por cuestiones de seguridad y que, en un acuerdo al que llegó con el presidente del Senado, decidió continuar con sus funciones como congresista desde afuera.
Sin embargo, señala que “lo que establecen las normas es que los servidores y trabajadores podrán prestar sus servicios bajo la modalidad en casa según lo habilite así la entidad pública o empresa privada, pero es importante que su domicilio se mantenga, ya que eventualmente se le puede solicitar la presencia del empleado en las instalaciones físicas para prestar sus servicios de manera presencial”.
Por lo cual es importante tener en cuenta cuáles son los procedimientos para la implementación del trabajo en casa, “en donde toda empresa y entidad pública o privada deberá contar con un método para proteger este derecho y garantizar el uso adecuado de las tecnologías de la información”.