Corte Constitucional tumba la cadena perpetua para violadores

Pasadas las 7:00 de la noche de este jueves, 2 de septiembre, se conoció que con una votación de 6 votos a favor y tres en contra, la sala plena de la Corte Constitucional decidió tumbar la cadena perpetua para violadores de menores, que aplicaría en Colombia.

El argumento para considerarla una ley inconstitucional tiene que ver con que según la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, vulnera la dignidad humana de los condenados.

La demanda a través de la cual se pidió que se dejará sin efecto el Acto Legislativo 01 de 2020, propuesto por el presidente Iván Duque, fue interpuesta por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes.

En ella los demandantes pusieron de manifiesto que a su juicio, el “Congreso de la República extralimitó su competencia y sustituyó los siguientes pilares axiales de la Constitución Política: (a) el modelo del Estado Social de Derecho y (b) el deber del Estado de respetar, garantizar y proteger los derechos humanos”.

En este sentido indicaron que dar vía libre a la ley, significaría que los privados de la libertad que serían objeto de ella, perdieran “su autonomía como sujeto moral, además de causarle daños irreversibles en su salud física y mental”.

De acuerdo con Pardo, “la pena de prisión perpetua revisable incluida en el artículo 34 de la Constitución no es una medida idónea para asegurar la protección de los niños, niñas y adolescentes víctimas de los delitos que regula”.

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